La Dirección del Tesoro y Finanzas Exteriores
La dirección del Tesoro y finanzas exteriores está encargada de:
- Presentar toda proposición y proceder a todo estudio en materia de política financiera, monetaria, de préstamo y de endeudamiento;
- Definir las condiciones del equilibrio financiero interno y externo teniendo en cuenta la coyuntura económica y financiera;
- Definir el equilibrio del Tesoro y contribuir a este efecto a la elaboración de la ley de finanzas y al seguimiento de su ejecución;
- Garantizar las condiciones del equilibrio del Tesoro, establecer la situación previsional de los gastos y recursos e identificar y aplicar, en coordinación con la Tesorería general del Reino, los medios de gestión de la Tesorería pública. La dirección procede a este efecto a las emisiones y inversiones de empréstitos del Tesoro;
- Definir y aplicar las modalidades de concesión de los anticipos, de préstamos del Tesoro y de la garantía del Estado;
- Administrar las cuentas especiales del Tesoro relacionados con las atribuciones de la dirección y participar a la elaboración y a la aplicación de los textos legislativos y reglamentarios relativos a la contabilidad pública;
- Elaborar los estudios y análisis necesarios para la definición de la política monetaria y de crédito, y velar por el equilibrio monetario;
- Preparar los proyectos de textos legislativos y reglamentarios en el campo de la moneda y del crédito y velar por su ejecución;
- Garantizar la tutela de los bancos, de los establecimientos de crédito y del mercado de capitales, reglamentar y seguir sus actividades;
- Definir los objetivos y elaborar las previsiones en materia de balanza de pagos y velar por el equilibrio exterior y su financiación;
- Proceder a los análisis y estudios necesarios para la elaboración de la política de cambio en concertación con los organismos y establecimientos interesados, participar a la elaboración de la reglamentación de los cambios y de seguro a la exportación y seguir su ejecución;
- Seguir la evolución de los activos exteriores y participar a la elaboración y la aplicación de la política del comercio exterior;
- Elaborar la política, la estrategia y las normas en materia de financiaciones exteriores;
- Movilizar los recursos externos necesarios a la financiación de las reformas estructurales;
- Supervisar y coordinar las misiones de negociación, de movilización y de seguimiento de las financiaciones exteriores necesarias a excepción de las financiaciones específicas a los proyectos cuya realización está prevista por el Estado reservándose el derecho de las atribuciones conferidas al primer ministro antes citadas en el artículo primero;
- Instruir los proyectos u operaciones que requieren la garantía del Estado o que benefician de la retrocesión de las financiaciones exteriores;
- Coordinar y garantizar la representación del ministerio de economía y finanzas en materia de cooperación bilateral, regional y multilateral en sus campos de competencia y administrar las participaciones del Estado en las organizaciones financieras internacionales;
- Administrar le deuda del Tesoro, elaborar y aplicar las estrategias de restructuración de la deuda exterior pública y centralizar los datos relacionados con ella.