La Dirección de Empresas Públicas y de la Privatización
La dirección de empresas públicas y de la privatización está encargada de:
- Examinar los proyectos de creación de los establecimientos públicos así como de las empresas cuyo capital ha de ser suscrito totalmente o conjuntamente, directamente o indirectamente por el Estado, los establecimientos públicos o las colectividades públicas;
- Participar a la gestión de la cartera del Estado, en la toma y aplicación de toda decisión que afecta su estructura y su rentabilidad;
- Preparar, en concertación con los ministerios interesados, los contratos programas a concluir con los establecimientos y empresas públicas destinadas a definir las relaciones entre el Estado y estos organismos y seguir su ejecución;
- Participar a la elaboración de estrategias de desarrollo y a la dirección de los planes de acción de racionalización de los establecimientos y empresas públicas
- Examinar los proyectos de inversión de los establecimientos públicos y de las sociedades en los que el Estado o establecimientos y empresas públicas poseen una parte del capital social, las modalidades de su financiación y asegurarse de su rentabilidad económica y financiera;
- Emitir su dictamen sobre la financiación exterior de los proyectos de inversión de los establecimientos y empresas públicas;
- Elaborar y aplicar las disposiciones legislativas y reglamentarias relativas al control financiero y contable del Estado sobre los establecimientos y empresas públicas, las sociedades concesionarias, así como sobre las empresas y organismos que benefician del apoyo financiero del Estado o de las colectividades públicas;
- Decidir, previo acuerdo del Primer ministro, y lanzar en concertación con los departamentos interesados, todas las auditorías externas de los establecimientos y empresas públicas, garantizar su seguimiento y velar por la aplicación de las recomendaciones de dichas auditorías y decisiones adoptadas;
- Evaluar e informar sobre los resultados de la gestión de los establecimientos y empresas públicas y desarrollar, a este efecto, un banco de datos económicos, financieros y sociales sobre el sector público al servicio del gobierno;
- Aplicar y seguir las acciones conferidas al ministerio de economía y finanzas en materia de normalización y organización contables y garantizar la secretaría del consejo nacional de la contabilidad;
- Solicitar de los dirigentes de establecimientos y empresas públicas la comunicación de todos los documentos, estudios y informaciones relacionados con dichas entidades;
- Seguir los trabajos y la ejecución de decisiones de los consejos de administración de los establecimientos y empresas públicas;
- Preparar, en concertación con los ministerios interesados, el programa general de las transferencias de empresas públicas al sector privado;
- Velar por el establecimiento del informe de evaluación que se ha de presentar al órgano de evaluación;
- Someter, para aprobación, a la comisión de transferencias, el esquema de transferencia de las empresas a privatizar;
- Organizar las acciones comerciales que han de ser emprendidas para garantizar las mejores condiciones de realización de las operaciones de cesión;
- Estudiar las medidas de acompañamiento necesarias a la transferencia de empresas;
- Establecer los contratos, decretos y otros documentos relativos a las transferencias de empresas privatizables;
- Garantizar el seguimiento post privatización de las empresas conforme a las clausulas del contrato o del pliego de condiciones;
- Garantizar la secretaría de la comisión de transferencias;
- Concebir y administrar sus sistemas de información, en armonía con la política de gestión de la información desarrollada por el ministerio.