La Cámara de Representantes, aprobó, el lunes 2 de noviembre de 2020, por unanimidad el proyecto de Ley 32.20 por el que se modifica y se completa la Ley 12.96 relativa a la reforma del Crédito Popular de Marruecos (Crédit Populaire du Maroc) durante una sesión plenaria celebrada bajo la presidencia del Presidente de la Cámara de Representantes, Sr. Habib EL MALKI, y en presencia del ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración Sr. Mohamed BENCHAABOUN.
Según un comunicado de la Cámara de Representantes, el Ministro expuso las líneas maestras del proyecto de Ley en materia de la gobernanza, la promoción del patrimonio neto, la visión estratégica del Grupo del Crédito Popular. También destacó la importancia de la Ley 12.96 que rige los bancos cooperativos, el papel de las entidades de crédito en la financiación de la economía nacional, señalando que el proyecto se enmarca en la adaptación de las disposiciones de la Ley relativa al Crédito Popular de Marruecos a las de la Ley 103.12 relativa a las entidades de crédito y los organismos asimilados (la ley bancaria), a través de la mejora de la gobernanza de su comité director del grupo. El objetivo es también consolidar el carácter cooperativo del grupo del Crédito Popular
a nivel regional y promover la actividad bancaria a nivel local y regional.
El proyecto de Ley
n°32.20 tiene como objetivo promover el patrimonio neto y reducir el capital poseído por los bancos populares regionales en el Banco Central Popular (BCP) del 51% al 34%,
"lo que valorará la base financiera de este, siguiendo los bancos populares regionales ser como accionistas de referencia en el capital del BCP".
Considerando el sector bancario como una de las fuentes de financiación más importantes a las que recurren los actores económicos para atender a sus necesidades en recursos internos, la visión estratégica del Grupo del Crédito Popular experimentó grandes transformaciones en sus actividades y está presente en 30 países. Así, el proceso de este crecimiento ha ido acompañado de un incremento de los requisitos regulatorios tanto en Marruecos como en los demás países.
El Crédito Popular está formado por tres órganos, a saber el Banco Central Popular en tanto que escudo financiero del grupo, los bancos populares regionales que son bancos cooperativos de capital variable sujetos al consejo de supervisión y el comité director del Crédito Popular.