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La ley n.° 46-18 relativa a los contratos de Cooperación Público-Privada adoptada por la Cámara de Representantes

14/01/2020
La ley n.° 46-18 relativa a los contratos de Cooperación Público-Privada adoptada por la Cámara de Representantes

La Cámara de Representantes aprobó, el martes 14 de enero de 2020, con 137 votos a favor y un voto en contra, el proyecto de ley n.° 46-18 que modifica y complementa la ley n.° 86-12 relativa a los contratos de Cooperación Público-Privada, presentada por el Sr. Mohamed BENCHAABOUN, Ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración.

La ley n.° 46-18 introdujo varias enmiendas. A este respecto, cabe citar la ampliación del ámbito de aplicación a otras personas públicas, en particular a las autoridades locales y las personas jurídicas de derecho público dependientes de dichas autoridades, dado que estas entidades están encargadas de realizar una parte importante de las inversiones públicas. Una gobernanza adaptada a las especificidades regionales y locales y el establecimiento de una "Comisión Nacional de Cooperación Público-Privada" ante el Jefe de Gobierno también están entre las enmiendas introducidas. Esta comisión tiene por misión principal establecer una estrategia nacional de los PPP (Cooperación Público-Privada) y adoptar, entre otras cosas, un programa nacional anual y/o plurianual de los PPP y establecer las condiciones y modalidades de flexibilización, en particular en materia del procedimiento de evaluación previa y procedimiento negociado. Además, otras dos enmiendas fueron introducidas por la ley n° 46-18. Se trata de la simplificación del proceso de la oferta espontánea y aclaración de las condiciones para usar el procedimiento negociado, así como la armonización de las disposiciones de la ley con las de las leyes sectoriales que prevén el uso de los contratos PPP.

Paralelamente a los ajustes introducidos en la ley, los textos reglamentarios actuales se revisarán de acuerdo con las enmiendas antes mencionadas y se adoptarán nuevos textos para la implementación de las nuevas disposiciones, en particular con respecto a los PPP a nivel local, la gobernanza después de la institución de la Comisión Nacional, etc.

Además, es preciso constatar que la fluidez y flexibilidad del proceso de Cooperación Público-Privada se encuentran entre los objetivos principales de la nueva ley n.° 46-18. De hecho, además de la operacionalización del marco legal en el plano práctico, las enmiendas introducidas tienen como objetivo flexibilizar aún más los procedimientos vigentes en materia de los PPP y fortalecer el desempeño de los sectores público y privado en beneficio de todos actores en el desarrollo socioeconómico del país, particularmente a través de la contribución del capital privado en la financiación de grandes proyectos con un fuerte impacto en el crecimiento y la creación de empleo. La complementariedad de las capacidades técnicas, directivas, financieras y legales de las dos esferas ha de contribuir a la concreción de las estrategias sectoriales, particularmente en los sectores vitales de agua, energía, agricultura, salud y educación; promover el desarrollo socioeconómico regional y local; atraer a más inversores nacionales e internacionales para llevar a cabo proyectos innovadores en el marco del proceso de oferta espontánea y posiblemente en el marco del procedimiento negociado; y promover las nuevas tecnologías, la innovación y la transferencia de conocimientos. La complementariedad de los sectores público y privado también permitirá la aparición de grupos nacionales de referencia en los sectores económicos; la dinámica de las PYME, las micro empresas y startups a través de la subcontratación y la constitución de grupos para medianos y pequeños proyectos PPP; la renovación de la ingeniería financiera y legal para arreglos innovadores teniendo en cuenta las especificidades de cada proyecto de acuerdo con las características sectoriales y regionales; y finalmente, la flexibilización del procedimiento de evaluación previa de acuerdo con la naturaleza y la importancia del proyecto, objeto de PPP con el fin de aumentar el número de proyectos PPP.